Compliance Penal Asturias

Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación

Los socios fundadores del Despacho AM Abogados y Economistas, Antonia Magdaleno Carmona y Javier Pérez Gelde están habilitados para el ejercicio de la mediación civil y mercantil, y para ejercer como mediadores concursales de ámbito nacional. Esta habilitación se adquiere mediante la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia. Esta base de datos pública y gratuita, facilita el acceso a los ciudadanos a este medio de solución de controversias. Pero ¿Qué es realmente el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación? ¿Qué es un mediador concursal? En el artículo de hoy resolvemos estas dudas y algunas más.

Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación

Para los que lo desconozcan, el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación es de carácter público e informativo. Se trata de una base de datos a la que se puede acceder de forma gratuita mediante la web del Ministerio de Justicia. Es un medio de consulta orientativo, ya que las incorporaciones más recientes, pueden demorarse y aún no figurar en el mismo, pese a disponer de habilitación.

Su objetivo, como comentábamos, es facilitar el acceso a todos los ciudadanos a los datos de profesionales de la mediación para contar con instrumentos para la solución de controversias  en diversos ámbitos.

¿Qué es la mediación?

La mediación es un medio de solución a controversias de diversa índole, con objeto de lograr un acuerdo o aproximación de posiciones, a través la intervención de un mediador.

La finalidad de la mediación es, en última instancia, reducir la litigiosidad. Es decir, dirimir los conflictos de manera extrajudicial en lo posible o, por lo menos, definirlos adecuadamente antes de acudir a la sede judicial. En el caso de los mediadores concursales, sus funciones son mucho más específicas y requieren una habilitación especial.

¿Quién puede ser mediador?

Cualquier persona física que esté en pleno ejercicio de sus derechos civiles puede ser mediador. Siempre y cuando no se lo impida la legislación en la que se encuentre dentro de su profesión.

Ya sean sociedades profesionales u otra prevista por ordenamiento jurídico, las personas jurídicas que se dediquen a la mediación, deben asignar a una persona física que cumpla los requisitos previstos por la ley para el ejercicio.

¿Qué estudios ha de tener un mediador?

El mediador en cuestión, debe poder demostrar una titulación oficial universitaria o de formación profesional. Además, deberá poseer formación específica para ejercer la profesión. Es decir, deberá haber realizado uno o varios cursos específicos en instituciones acreditadas. Estos tendrán validez para realizar la actividad de mediador en cualquier parte del territorio nacional.

¿Y qué es un mediador concursal?

Un mediador concursal es aquella persona física que cuenta con los requisitos necesarios para ser mediador y además, los que la Ley Concursal exige en el artículo 27.1 para ser administrador concursal. Estos pueden ser designados por Registradores Mercantiles o Notarios. Los mediadores concursales también pueden ser personas jurídicas siempre y cuando actúen en la mediación como personas físicas reuniendo las condiciones anteriores.

¿Qué son las instituciones de mediación?

Se consideran instituciones de mediación a las entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, así como aquellas corporaciones de derecho público que tengan entre sus fines el impulso de la mediación. Todas ellas deben facilitar el acceso y la administración de la empresa.

¿Quién puede solicitar la inscripción en el registro?

El registro de Mediadores e Instituciones de Mediación es totalmente voluntario. Sin embargo, para los mediadores concursales, puesto que ya están inscritos en el Registro, sus datos se transfieren de forma automática al Portal del Boletín Oficial del Estado.

Cabe destacar que cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, podrá inscribirse como mediador a través de una solicitud electrónica.

La publicidad que se realizará de los mediadores en el Registro, se hará en base a criterios de identidad, profesión y especialidad, área geográfica e integración en alguna institución de mediación, si se da el caso.

Inscribiéndose en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación en Asturias

Conoce con detalle los requisitos para ser mediador y mediador concursal

Existen diferentes requisitos a cumplir dependiendo del tipo de mediador:

Requisitos para ser mediador concursal

Para poder inscribirse en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, se debe acreditar:

  1. Título oficial univeristario o de formación profesional
  2. Formación específica para ejercer la mediación
  3. Disponer de una garantía o seguro que cubra la responsabilidad civil en los conflictos en los que intervenga

Formación específica

La formación específica debe tener una duración mínima de 100 horas de docencia. Se desarrollará a nivel práctico y teórico contando con al menos un 35% de práctica para su aprobación. Además, la formación recibida en instituciones extranjeras también será válida.

Formación continua
Todos los mediadores tendrán que realizar actividades de formación continua en materia de mediación. Su duración mínima total será de 20 horas y deberán hacerlo al menos cada 5 años.

Requisitos para ser mediador concursal

Para ser mediador concursal, se deben reunir tanto los requisitos necesarios para ser mediador, como los que la Ley Concursal exige en su artículo 27.1. La administración concursal, integrada por un solo miembro, tendrá que cumplir lo siguiente:

  1. Ser abogado en ejercicio y contar con cinco años de experiencia efectiva
  2. Que pueda acreditar la formación especializada en Derecho Concursal
  3. Ser economista, auditor de cuentas o titulado mercantil. Todos ellos con al menos cinco años de experiencia demostrable.

Cuenta con Antonia Magdaleno

En Antonia Magdaleno queremos ser tus abogados concursales en Asturias. Si necesitas asesoramiento o más información sobre el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 98 420 78 88 o envíanos un correo a [email protected].

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